Plataforma: Regulación de los Badenes

ORDEN FOM/3053/2008, de 23 de Septiembre. Aprobación técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la red del Estado.
Los resaltos en los pasos de peatones y bandas serán legales siempre que cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento.
Todos los badenes o resaltos que no se ajusten a lo aprobado, serán considerados como obstáculos en la calzada, y estarían prohibidos.
Ya ha pasado más de un año de los dos de moratoria establecidos para la adaptación.
¿Crees que en tu ciudad ha existido o existe algún criterio al respecto?. La mayoría de nuestros badenes son auténticos obstáculos que destrozan los vehículos.
Según la normativa, los badenes no deben superar los diez centímetros de altura, deben componerse de dos rampas, una de entrada y otra de salida de entre un metro y dos metros y medio, y una zona elevada al menos de cuatro metros de superficie.
!! Esto es una utopía en tu ciudad !!

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